Castigarán “pornovenganza” en Nuevo León
Todos aquellos que vivan en el estado de Nuevo León y compartan fotografías, audios o videos de contenido erótico sin el consentimiento de la persona expuesta, en un acto de “pornovenganza”, podrán pasar hasta 8 años en prisión.
Esta semana los diputados del Congreso Regio modificaron el artículo 271-5 del Código Penal para castigar a quienes quieran compartir material sexual en internet sin el consentimiento de los afectados, inclusive si se tiene algún vínculo afectivo.
Los diputados usaron el término de “pornovenganza” refiriéndose al registro de “imágenes, audios o videos de contenido erótico, sexual o pornográfico, de una persona” sin su autorización.
Lo anterior fue logrado gracias a la Ley Olimpia, aprobada a nivel nacional, la cual pretende proteger a quienes han sido exhibidos de forma sexual en la red, por lo que castiga a las personas que difundan el material, en especial si se comercializa con ello.