Carla Sofía y Yaneli son mamás de un hermoso niño que recientemente cumplió un año de edad; después de varios meses de disputa legal, finalmente lo pudieron registrar con los apellidos de ambas, lo que le otorga al menor acceso a la seguridad social y certeza jurídica.
La Dirección de Diversidad Sexual de la Secretaría de Gobierno de Morelos informó sobre este caso al que asesoraron jurídicamente, siendo el primero registrado en la entidad.
Ellas se casaron en el 2017 y decidieron tener a su hijo a través del método de inseminación; sin embargo cuando fueron a registrarlo se toparon con una negativa por parte de la Oficialía del Registro Civil 01 de Cuernavaca, argumentando una cuestión biológica.
Por ello se acercaron con la dependencia y tramitaron un amparo en el juzgado primero de distrito en Morelos el pasado 8 de mayo; pero debido al paro de labores a causa de la pandemia, fue hasta el pasado 31 de julio que se notificó la resolución a las partes.
La pareja relató el difícil camino para lograr que su hijo fuera reconocido legalmente como ciudadano de Morelos.
“Desde hace un año comenzamos con todo esto; a los 20 días de nacido de nuestro hijo acudimos a este registro civil para obtener el reconocimiento y que gozará de los beneficios que me da mi empresa, pero nos encontramos con que no existe legislación al respecto, y no podíamos registrarlos, con el apellido de ambas“, dijo Yaneli.
La madre señaló que la única vía para obtener el registro era que, la madre gestante lo registrara como madre soltera, aun estando unidas en matrimonio desde el 2017.
“No queríamos que llevara el apellido solo de una, porque ambas somos sus madres; estamos unidas en matrimonio y no lo íbamos a hacer de la manera que nos planteaban. Fue un largo camino pero hoy sentamos un precede en el Estado. Somos el primer caso en Morelos y esperamos que muchas parejas puedan lograrlo también“.
La titular de la Dirección de Diversidad Sexual Estatal, Violeta Fabiola Sánchez Luna, explicó que “la sentencia retoma una tesis aislada de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitida el año pasado”.
“Se establece que lo más acorde al interés superior del menor nacido de una madre con orientación lésbica, es garantizar su filiación jurídica (registro y apellidos) a partir de la unión civil (matrimonio) que esta tiene, con independencia de que una de ellas no mantenga vínculo genético hacia con él, ante la evidente imposibilidad de que personas del mismo sexo puedan procrear”.
Con información del Gobierno de Morelos y 24 Morelos.