El día de ayer se publicó finalmente la Ley Olimpia en la gaceta oficial de la Ciudad de México, la cual busca ser una estrategia para disminuir la violencia contra las mujeres y reforma el Código Penal en la capital.
La Ley Olimpia establece que se considera como delito sexual grabar audios o videos íntimos de contenido sexual sin el consentimiento de la persona o mediante engaños. Además castiga la difusión de fotos, videos, audios, imagen, email, mensajes de texto, o cualquier material con dicho contenido, a través de redes sociales o cualquier dispositivo tecnológico.
¿Cómo será la sanción?
Se contempla una multa económica de 43 mil 400 pesos hasta 86 mil 800 pesos, además de una condena entre 4 y 6 años de prisión. Sin embargo, en caso de ser familiar de la víctima o algún vínculo afectivo, dicha sanción será elevada hasta por tercer grado.
La pena también será elevada cuando el delito sea cometido por funcionarios públicos, o contra adultos mayores, personas con discapacidad, en situación de calle, afromexicanas, indígenas o menores de edad.
Para conocer más a fondo en qué consiste la Ley Olimpia y las situaciones en que aplica, aquí te dejamos el link para consultar la Gaceta Oficial de la CDMX