Anteriormente, tras un juicio de divorcio, los menores de 12 años estarían bajo la custodia automática de su mamá, de acuerdo con el artículo 282 del Código Civil en la Ciudad de México. Ahora, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), lo declaró como un acto inconstitucional.
Lo anterior fue resuelto el día de ayer por la Primera Sala de la SCJN, pues aseguran que este artículo violenta el interés superior del menor, pues limita al juez de declarar quien de los dos tutores es el adecuado para una mejor crianza y desarrollo óptimo del menor.
Además, se consideró que el artículo refuerza los estereotipos de género tradicional y no respeta la equidad de género, pues insiste con el fortalecimiento del rol de la mujer como progenitora natural, o en ocasiones forzosa, un concepto que se intenta erradicar dentro del feminismo.
Tras lo resuelto en la Primera Sala, se espera que a partir de ahora sea el juez quien defina quién de los dos, si la mamá o el papá del menor de 12 años, es quien está mejor capacitado para criar al menor.