La Suprema Corte de Justicia de la Nación, avaló que las autoridades hacendarias tengan acceso a información bancaria de los ciudadanos sin necesidad de contar con la orden de un juez.
Este miércoles, los ministros que integran la primera sala del órgano jurisdiccional, determinaron que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o el Servicio de Administración Tributaria, pueden solicitar información sobre las cuentas bancarias de las personas para verificar el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias, sin que esta acción viole el derecho a la vida privada.
Los ministros indicaron que esta medida no implica una técnica de investigación ligada con procesos penales, por el contratio, representa una actuación administrativa para corroborar pago de impuestos, por esta razón, no resulta arbitraria ni violatoria de derechos..
La resolución de la Corte se da tras un juicio de amparo en el que un sujeto reclamaba la inconstitucionalidad de la fracción del artículo 142, con el argumento de que este transgredía el derecho a la privacidad e intimidad.